Tanto el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, como la Empresa Pública Social del Agua
Tanto el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, como la Empresa Pública Social del Agua y Saneamiento EPSAS, interpusieron recurso de apelación que dio lugar a la emisión del Auto de Vista Nº 124/2014, cursante de fs. 2283 a 2288, que revocó en parte la Sentencia solo con relación al monto condenado, determinando el mismo en la suma de $us. 409.982,90 y confirmando el fallo de primera instancia en todo lo demás, aprobando la Sentencia con la modificación antes señalada
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa determinación las partes demandadas solicitaron explicación, complementación y enmienda que fueron desestimadas por
- Tanto el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, como la Empresa Pública Social del Agua
- Contra dicha Resolución de segunda instancia el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y la
- Contra dicho Auto Supremo Freddy Armijo Zubieta (actor), interpuso Acción de Amparo Constitucional contra los
- II.1 Recurso de casación de la H. Alcaldía Municipal de La Paz
- Del mismo modo refiere que el Tribunal de apelación se limitó a la transcripción de
- Como también refiere que el Auto de Vista confirmó y aprobó la Sentencia dictada en
- En mérito a los fundamentos expuestos solicita se “case” el Auto de Vista y deliberando
- II.2 Recurso de casación de la Empresa Pública Social del Agua y Saneamiento EPSAS
- En el fondo acusa error de hecho y de derecho en la valoración de la
- III
- Al efecto conviene recordar que las acusaciones contenidas en el recurso de casación son las
- Refiriéndose además que el Tribunal de apelación se limitó a la transcripción de segmentos
- Como también refiere como una especie de agravio, que el Auto de Vista confirmó y
- De los agravios expuestos orientados a buscar una anulación del proceso no reviste tal magnitud
- Sobre las acusaciones de la Empresa Pública Social del Agua y Saneamiento EPSAS, en la
- El autor Hugo Alsina en su obra Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y
- El art
- En estos antecedentes, en virtud al principio dispositivo en mérito al cual, las partes pueden
- Por lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Casación emite Resolución en la forma prevista
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
