3
3.- Que existiría error de derecho en la apreciación de las pruebas en el Auto de Vista ya que el Ad quem no habría apreciado las pruebas cursantes a fs. 2-4 y 102 a 103 de una manera totalmente correcta lo que habría interpretado parcializándose con la parte contraria contraviniendo las previsiones del art. 399 del C.P.C., y los arts. 1287 y 1288 del C.C
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por por ambas partes y remitidas la mismas ante la instancia competente,
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, los demandantes interpusieron recurso de casación, mismo
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- 1
- 2
- 3
- Por lo expuesto solicitan que el Tribunal supremo en justicia pueda anular obrados hasta
- Del análisis del recurso de casación interpuesto en la forma y en el fondo, se
- Por otra parte en cuanto a su demanda de daño y perjuicios, acción que jurídicamente
- En este marco se debe hacer notar que el recurrente se limita a
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
