El fallo de segundo grado (Auto de Vista de fs
El fallo de segundo grado (Auto de Vista de fs. 103 y vta.), confirma la Sentencia, bajo los argumentos de que la tenencia de los hijos como un hecho álgido que debe sopesarse con la separación o divorcio de los padres, ante el desacuerdo de quien debe mantener la tenencia, corresponde bajo el principio del interés supremo de los menores disponerse la tenencia compartida, salvaguardando ese interés superior del niño y el adolescente, garantizando el derecho del menor a mantener contacto con ambos progenitores, donde de cualquier forma e intensidad, los hijos siempre resultan más perjudicados. Contraponiéndose la tenencia compartida a la tenencia monoparental que en cierto modo resulta más perjudicial porque limita afectivamente al menor respecto de uno de los padres, que puede concluir con la crianza solo con uno de los progenitores con el vacío de la otra figura paterna o materna
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Por lo que demanda en principio la tenencia de menor, misma que es observada por
- Citada la demandada, madre del menor se apersona por memorial de fs
- Sustanciado el proceso, el Juez Primero de Partido de la Niñez y Adolescencia de Santa
- Resolución de primera instancia que es apelada por la parte actora, mediante escrito de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Pidiendo a este Tribunal sean reparados los agravios ocasionados por los de instancia, pidiendo se
- A efecto de dar respuesta a los agravios expuestos en el recurso, es necesario establecer
- El fallo de segundo grado (Auto de Vista de fs
- De la revisión de dichos antecedentes, debemos puntualizar los siguientes aspectos
- Esto significa que los padres en el cumplimiento de sus deberes para con los hijos,
- A su vez, la Constitución Política del Estado, en su art
- Con relación al memorial de contestación al recurso presentado por la demandada, cursante a fs
- Por lo expuesto corresponde fallar en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
