Auto Supremo AS/0836/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0836/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Regístrese, comuníquese y devuélvase

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación, de fs. 907 a 913, interpuesto por Ricarda Arispe y Betzabé Rocha Arispe por sí y en representación de Silver Toribio Rocha Arispe, contra el Auto de Vista REG/S.CII/ZGC/ASEN.221/01.06.2011 de fecha 01 de junio de 2011, cursante de fs. 902 a 903, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba. Con costas.
Se regula los honorarios del profesional Abogado en la suma de Bs. 1.000.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase