Hecho preexistente, es aquel acontecimiento o suceso fáctico anterior a la emisión de la sentencia,
Hecho preexistente, es aquel acontecimiento o suceso fáctico anterior a la emisión de la sentencia, relacionado directamente con que el hecho no sea punible; es decir, aquel acontecimiento o suceso fáctico relacionado con los eximentes de responsabilidad (Legítima Defensa, Ejercicio de un Derecho, etc.)
- AUTO SUPREMO: 8/2016
- FECHA:Sucre, 18 de enero de 2016
- EXPEDIENTE Nº:48/2015
- PROCESO:Revisión Extraordinaria de Sentencia
- VISTOS: El recurso de revisión de sentencia penal (fojas 53 a 56), presentado por Mercy
- 3
- El hecho nuevo que sobrevenga después de la sentencia, se refiere a aquel acontecimiento o
- Hecho preexistente, es aquel acontecimiento o suceso fáctico anterior a la emisión de la sentencia,
- Los elementos de prueba se suponen nuevos, porque lo contrario sería revisar las pruebas ya
- En el presente caso, no se cumplen ninguno de los requisitos previstos en la causal
- En ese sentido, se infiere que el recurso interpuesto, no se ajusta a la causal
- A mayor abundamiento, tanto la jurisprudencia como la doctrina penal, señalan que la Revisión Extraordinaria
- En consecuencia, quien pretende la revisión extraordinaria de una Sentencia condenatoria firme, debe inexcusablemente cumplir
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sala Plena
