Auto Supremo AS/0020/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0020/2016

Fecha: 15-Ene-2016

En ese sentido diremos que el Tribunal de Alzada, al no considerar el recurso de

En ese sentido diremos que el Tribunal de Alzada, al no considerar el recurso de apelación, por la forma equivocada de su planteamiento considerando que al ser un Auto definitivo que determina la perención de instancia, el mismo debió ser impugnado mediante el recurso de apelación y no mediante recurso de reposición con alternativa de apelación, asume una posición bastante formalista en el sentido de que no ha considerado que el derecho a ejercer dicha impugnación era lo que pretendía la parte afectada en el caso concreto el Banco Central de Bolivia, más allá de la forma equivocada de su planteamiento, aspecto que fue bien interpretado por el Juez A quo que concedió el recurso de apelación en resguardo al derecho a la impugnación y a la doble instancia.