Con referencia al segundo motivo, el recurrente denuncia que la Sentencia se basa en
Con referencia al segundo motivo, el recurrente denuncia que la Sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba; sin embargo, el Tribunal de alzada concluyó que los agravios apelados no eran ciertos, que hubo una valoración correcta de las declaraciones de cargo, que se aplicó la sana crítica y que no existió una valoración defectuosa de la prueba, cuando en realidad sólo existió una simple relación de la mencionada prueba, sin ningún análisis que condujo a una valoración confusa, no verídica y sin fundamento jurídico, inobservando las reglas de la sana crítica, extremo atentatorio al derecho del debido proceso. Sobre el particular, se evidencia que el planeamiento del recurrente de igual manera no cumple con las exigencias de la ley para la formulación del recurso, ya que no precisa la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el Auto Supremo 97 de 28 de marzo de 2006, pues se limita a su cita y transcripción parcial, omitiendo un requisito ineludible para decretar la admisibilidad. Asimismo, se limita a citar y transcribir el Auto de Vista 220/06 de 11 de octubre, que no se halla adjunto al recurso y sin que exista constancia de su ejecutoria
- Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jhonny Rojas Calle interpuso apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 26 de octubre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia que la Sentencia se basa en hechos inexistentes, no acreditados o en valoración
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación a los demás requisitos, se tiene que en el primer motivo, el recurrente
- Con referencia al segundo motivo, el recurrente denuncia que la Sentencia se basa en
- Por otra parte, se constata que el recurrente si bien invoca el debido proceso, se
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
