Auto Supremo AS/0023/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2016-RA

Fecha: 19-Ene-2016

Por otra parte, se constata que el recurrente si bien invoca el debido proceso, se


Por otra parte, se constata que el recurrente si bien invoca el debido proceso, se limita a denunciar genéricamente la valoración defectuosa de las declaraciones de cargo, sin especificar e individualizar las pruebas que fueron defectuosamente valoradas, menos especifica la incidencia en la resolución final y como su aplicación distinta sería favorable a sus pretensiones, pues debe tenerse presente que en armonía con los presupuestos de flexibilización destacados en el acápite anterior, este Tribunal por Auto Supremo 51/2014-RA de 17 de marzo, estableció respecto a las denuncias vinculadas a la valoración de la prueba que: “La parte procesal que denuncie a través de actividad procesal defectuosa, por ende la vulneración de derechos y garantías constitucionales, emergente de la valoración de prueba efectuada en la causa, deberá: a) Especificar que prueba o pruebas, no fueron valoradas en el proceso o en su caso fueron valoradas defectuosamente; b) De qué manera la falta de valoración o defectuosa valoración, tiene incidencia en la resolución final, explicando fundadamente de qué forma ésta hubiese sido distinta, se entiende favorable a sus pretensiones”, presupuestos no cumplidos en el caso de autos