Por Auto Supremo 432/2015-RA de 29 de junio, este Tribunal declaró admisible el recurso
I.1.2. Petitorio
El recurrente solicita se declare procedente su recurso de casación y se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado.
I.2. Admisión del recurso
Por Auto Supremo 432/2015-RA de 29 de junio, este Tribunal declaró admisible el recurso de casación interpuesto por el imputado Jorge Vidal Mamani Turpo, para el análisis de fondo del segundo motivo en los términos identificados precedentemente
- Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2014, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 03/2012 de 29 de marzo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto
- I.2. Del motivo del recurso de casación
- Del memorial de casación y del Auto Supremo 432/2015-RA de 29 de junio (fs
- Por Auto Supremo 432/2015-RA de 29 de junio, este Tribunal declaró admisible el recurso
- Por Sentencia 03/2012 de 29 de marzo, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. Recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida bajo los siguientes argumentos,
- 2) Alega que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
- 3) Refiere que al haberse excluido la prueba MPD-1 consistente en un informe pericial realizado
- 4) Las pruebas MPD
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida fue resuelta por Auto de Vista 64/2014 de 29 de agosto, pronunciado
- b) No sería evidente que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
- c) Respecto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- d) Respecto a la supuesta existencia del defecto previsto por el inc
- III.1.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales y la incongruencia omisiva
- Orlando A
- El mismo autor citando a Joan Pico I Junoy, manifiesta que la motivación cumple las
- Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal mediante varios Autos Supremos, tales como el Auto
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- III.2.Análisis del caso concreto
- El recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta de fundamentación, por
- En ese sentido, se tiene que el Tribunal de alzada a tiempo de resolver los
- En cuanto a los argumentos del recurrente de apelación restringida en sentido de que la
- Por último, dado el ámbito de análisis del presente recurso de casación, se constata que
- De lo expuesto anteriormente, se establece no ser evidente que el Tribunal de alzada se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
