Auto Supremo AS/0052/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2016

Fecha: 29-Ene-2016

De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la parte


CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

De forma resumida se pasa a detallar los fundamentos de agravio que expone la parte recurrente:

En la forma:

1. Denuncia falta de legitimación activa; expresando que para iniciar la demanda de nulidad de contratos de transferencia, es necesario e imprescindible que el sujeto demandante sea parte del referido contrato, o que se vea afectado algún derecho que tenga sobre la disposición del bien objeto del contrato. En el caso de autos nunca se ha acreditado derecho alguno del actor sobre su propiedad, es más de obrados se tiene que la transferencia realizada sobre su predio, ha sido realizada en fecha 14 de octubre de 1948, registrada en Derechos Reales en fecha 08 de julio de 1963, según consta de la E.P. Nº 82 cursante a fs. 375, (348), y el demandante habría nacido en fecha 19 de octubre de 1963 (fs. 6), momento en el cual comienza su personalidad, en sujeción estricta a lo previsto por el art. 1.I del Código Civil. En consecuencia, al no tener personalidad, se pregunta cómo se puede demandar derechos sobre cosa ajena, cómo se puede reconocer derecho alguno a quien no existe