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    Auto Supremo AS/0926/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0926/2015

    Fecha: 05-Ene-2016

    Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad en cuanto al fondo de fs
    • Admitida la demanda, puesta en conocimiento de la entidad hoy recurrente, ésta por escrito de
    • Dicha resolución, por memorial de fs
    • Los antecedentes descritos fueron puestos a conocimiento de la Sala Social y Administrativa del Tribunal
    • Dicha resolución, motivó que la entidad demandada por memorial de fs
    • Respecto a la excepción de incompetencia, corresponde señalar que conforme orienta la doctrina y la
    • Las excepciones previas o dilatorias - Según Palacio "Son aquellas oposiciones que, en caso de
    • Establecido el trámite, resulta importante, para verificar la procedencia del recurso de casación contra las
    • Al respecto corresponde establecer que, a partir de la vigencia de la Ley 1760 LAPCAF,
    • Si bien es cierto que el art 24
    • En consecuencia, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, en aras de precautelar el derecho constitucional
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Siendo excusable el error del Juez a quo y el Tribunal de apelación no se
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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