Bajo este contexto, en la especie, se advierte que el recurso de casación propuesto, no
Bajo este contexto, en la especie, se advierte que el recurso de casación propuesto, no cumple con las exigencias antes anotadas, toda vez que, el recurrente si bien denuncia que el Auto de Vista contraviene el art. 150 del CPT, respecto a la inversión de la prueba, más no especifica qué aspectos de hecho objeto del proceso hubiere demostrado su persona y de los cuales la parte patronal estaba obligado a desvirtuar, pero además de forma incongruente con su pretensión de reintegro de beneficios sociales, justifica su denuncia en sentido de que su persona hubiere demostrado la relación laboral de manera continua desde el año 1974 a 2009, cuando este aspecto no ha sido objeto del proceso y menos del debate
- CONSIDERANDO I
- Dicha Resolución fue recurrida en apelación por YPFB (fs
- El Auto de Vista citado, motivó el recurso de casación en la forma y en
- Señala que, el tribunal de apelación no ha dado cumplimiento a lo que
- Concluyó el escueto recurso, solicitando que el Auto de Vista sea casado y se ordene
- Mediante memorial cursante a fs
- Señala que, el Auto de Vista recurrido se encuentra debidamente fundamentado, en la verdad material,
- Al haber sido presentado el presente recurso de casación antes de la vigencia plena de
- Que, interpuesto de esa manera el recurso de casación en el fondo,
- Por otra parte, el recurso de casación en el fondo, debe fundarse en errores
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en la especie, se advierte que el recurso de casación propuesto, no
- Por lo expuesto, y en consideración de que el Tribunal Supremo es de puro derecho
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
