El recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación en la forma, esgrime sus
I.2 Motivos del recurso de casación
El recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación en la forma, esgrime sus fundamentos señalando que:
El Auto de Vista incurre en incongruencia omisiva, entre la parte considerativa y la dispositiva, faltas al debido proceso en su vertiente de falta de valoración de normativa y falta de motivación de la Resolución emitida en recurso de apelación, violentando el principio de seguridad jurídica, que en su efecto causa condicionamientos externos de normativa a las facultades de la AT en cuestiones de establecer sanciones de clausura por no emisión de factura
El recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación en la forma, esgrime sus fundamentos señalando que:
El Auto de Vista incurre en incongruencia omisiva, entre la parte considerativa y la dispositiva, faltas al debido proceso en su vertiente de falta de valoración de normativa y falta de motivación de la Resolución emitida en recurso de apelación, violentando el principio de seguridad jurídica, que en su efecto causa condicionamientos externos de normativa a las facultades de la AT en cuestiones de establecer sanciones de clausura por no emisión de factura
- CONSIDERANDO I
- El recurrente a tiempo de interponer su recurso de casación en la forma, esgrime sus
- En ese sentido refiere que el Auto recurrido se funda en argumentos y razonamientos referidos
- A continuación aclara que el grado de reincidencia en la contravención de no emisión de
- A continuación manifiesta, que lo principal del recurso de casación es que la Autoridad Judicial
- Que, así expuesto el recurso de su análisis y antecedentes, se establece lo
- El planteamiento del recurso de casación necesariamente debe ser realizado por escrito, por cuanto la
- En la especie el recurrente interpone su recurso de casación en la forma, citando disposiciones
- En ese sentido, el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista recurrido, ha esgrimido
- En mérito a lo fundamentado, se establece, que la decisión del Tribunal de apelación, que
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
