Auto Supremo AS/0386/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2016-I

Fecha: 21-Oct-2016

Contra el referido auto de vista, la Dirección General de Aeronáutica Civil, representado por René

Notificada la entidad demandada con el Auto de 4 de abril de 2012, interpuso recurso de apelación cursante de fs. 63 a 64 vta., y contestada por el demandante de fs. 81 a 82 vta., fue concedida la apelación en el efecto devolutivo mediante Auto de 18 de agosto de 2012 cursante a fs. 83. Consiguientemente, la Sala Primera Social y Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista Nº 22/2016 de 29 de enero, que confirmó el Auto apelado de 4 de abril de 2012.
I.3 Motivos de recurso de casación en la forma.-
Contra el referido auto de vista, la Dirección General de Aeronáutica Civil, representado por René José Ríos Benavides, interpuso recurso de casación en la forma, de fs. 94 a 96, manifestando en síntesis los siguientes argumentos:
El recurrente señala que en cuanto a la excepción de incompetencia, el Auto de Vista, ahora impugnado, no lo analizó, que obliga a la Dirección General de Aeronáutica Civil y su Proyecto OACI/BOL a estar inmerso en un proceso ilegal por beneficios sociales, desconociendo la naturaleza de una Institución Pública; y, que insiste en diferir su alegato de defensa recién en Sentencia. Asimismo refiere que su razonamiento de oportunidad, quebranta el objeto y esencia de la excepción de incompetencia, la que debe ser tramitada como de previa y especial pronunciamiento; sin embargo, el auto de vista impugnado la pospone para sentencia; y, que por tratarse de la competencia del juzgador, constituye el primer presupuesto de validez del proceso