Auto Supremo AS/0386/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2016-I

Fecha: 21-Oct-2016

Del análisis respecto a este recurso, aplicando las nuevas disposiciones legales adjetivas, se tiene que

Del análisis respecto a este recurso, aplicando las nuevas disposiciones legales adjetivas, se tiene que el art 128.I.1 de la Ley N° 439, establece la excepción previa de incompetencia de la autoridad judicial, señalando en el art. 129 de la mencionada Ley, el modo de plantearlas. Lo cierto es que el art. 367.I del nuevo CPC, señala los recursos que proceden respecto a la resolución de la las excepciones previas, indicando en el punto 2 del citado artículo, que el auto interlocutorio que resolviere excepciones previas, admitirá recurso de apelación con efecto diferido; y, en el punto 3, establece que la resolución que declare probadas las excepciones de incompetencia, prescripción, caducidad, transacción, conciliación y cosa juzgada admitirá recurso de apelación en el efecto suspensivo