Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0390/2016-I
Fecha: 26-Oct-2016
I.2 Auto de Vista
I.2 Auto de Vista
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Expediente: SC-CA.SAII-PTS.439/2016
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Distrito: Potosí
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Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTECEDENTES DEL CASO
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I.1 Sentencia
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Que, tramitada la demanda por beneficios sociales seguida por Adalid Roddy Llanos Martínez, Elizabeth Mary
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I.2 Auto de Vista
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Notificados con la Sentencia de fs
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A la solicitud de complementación y enmienda por parte de los demandantes, el Tribunal de
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Contra el referido auto de vista, la parte demandada, interpuso recurso de casación, de fs
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Refiere que iniciaron la demanda laboral con la falta del requisito dispuesto en el art
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Indican que el señor Miguel Quintanilla, presentó Declaración Jurada Notarial en la que reconoció que
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Indican que la Sentencia y el Auto de Vista de confirmación, se basaron en certificados
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Los recurrentes indican que amparados en el art
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El recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, el cual
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Consiguientemente, debe fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan
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entonces que el recurso es confuso y carente de sustento legal; aspecto que no puede
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A lo precedentemente expuesto, también se advierte que la parte recurrente, no citó en términos
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Por otra parte, también se advierte que en el memorial del recurso no fue identificada
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Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye, que el recurso
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Consiguientemente, esta inobservancia e incumplimiento de los requisitos, impiden al Tribunal Supremo ingresar al análisis
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Se regula el honorario profesional a favor del Abogado de los demandantes por haber contestado
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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