Señaló que, el tribunal de alzada efectuó una incorrecta aplicación de la normativa, debiendo recordarse
I.2.2.- Motivos del recurso de casación en el fondo
Señaló que, el tribunal de alzada efectuó una incorrecta aplicación de la normativa, debiendo recordarse que el principio de favorabilidad, va en el sentido de la aplicación de la norma más beneficiosa a favor del trabajador. Por otro lado manifestó que, en aplicación del art. 57 del Código Procesal del Trabajo (CPT), no pueden retrotraerse etapas clausuradas, como ha sido el caso de la aplicación del promedio salarial indemnizable, apartándose de la tarifa de la prueba, obligación ineludible del tribunal de apelación conforme determina el art. 158 del CPT
Señaló que, el tribunal de alzada efectuó una incorrecta aplicación de la normativa, debiendo recordarse que el principio de favorabilidad, va en el sentido de la aplicación de la norma más beneficiosa a favor del trabajador. Por otro lado manifestó que, en aplicación del art. 57 del Código Procesal del Trabajo (CPT), no pueden retrotraerse etapas clausuradas, como ha sido el caso de la aplicación del promedio salarial indemnizable, apartándose de la tarifa de la prueba, obligación ineludible del tribunal de apelación conforme determina el art. 158 del CPT
- Auto Supremo Nº394/2016
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- I.2.- Recurso de casación en la forma y en el fondo
- Contra el referido auto de vista, Ana Magaly Rojas Antezana, interpuso recurso de casación en
- Señaló que, el tribunal de alzada efectuó una incorrecta aplicación de la normativa, debiendo recordarse
- CONSIDERANDO II
- Primeramente, se debe aclarar que la recurrente, basa su pretensión en ambos recursos en el
- En ese contexto, se debe señalar que el auto de vista impugnado fue emitido en
- Que, en el memorial de la demanda laboral, interpuesta por la recurrente, la misma manifestó
- De lo expuesto precedentemente, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
