Auto Supremo AS/0830/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2016-RA

Fecha: 21-Oct-2016

Por otro lado, haciendo referencia a la errónea e indebida tipificación de su conducta al


Por otro lado, haciendo referencia a la errónea e indebida tipificación de su conducta al tipo penal previsto en el art. 252 inc. 2) del CP; por cuanto, en el hecho ocurrido el 5 de octubre de 2013, no concurrieron los elementos constitutivos del tipo penal de Asesinato, ya que las pruebas aportadas al juicio no demostraron que haya actuado con premeditación, alevosía o ensañamiento, ni los motivos bajos y fútiles, no habiéndose cumplido las diferentes etapas del iter criminis para configurar su conducta como asesinato, resultando de las circunstancias del hecho y de las pruebas producidas que la tipificación correcta es por el delito de Homicidio, extremo que no valoró el Tribunal de apelación, lo que considera contrario con los Autos Supremos Auto Supremo 329/2006 de 29 de agosto, que guarda estricta relación con el Auto Supremo 417/2003 de 19 de agosto y 679 de 17 de diciembre de 2010, revisado el recurso de apelación restringida y constatando que la denuncia traída en casación deviene de un defecto de la Sentencia referido a la errónea calificación de su conducta en el tipo penal de Asesinato, conforme al segundo párrafo del art. 416 del CPP, el recurrente tenía la obligación de invocar los precedentes contradictorios a tiempo de formular su impugnación de apelación, al no haberlo hecho, constituye inobservancia de la carga procesal prevista en la ley; en consecuencia, resulta inadmisible