Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0838/2016-RRC
Fecha: 21-Oct-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 14 de abril de 2016, cursante de fs
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a)Por Sentencia 15/2015 de 21 de mayo (fs
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b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fanor Nava Santiesteban (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 616/2016-RA de 18 de agosto,
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1)Que los Vocales que conformaron Sala para resolver la apelación restringida, en otros casos, cuando
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2)El Tribunal de apelación restringida habría considerado incorrectamente que la falta de continuidad de juicio,
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3)Alega que el Auto de Vista vulnera el derecho al debido proceso y la tutela
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 616/2016-RA de 18 de agosto, cursante de fs
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1)Denuncia falta de fundamentación en la Sentencia e inobservancia del art
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2)Que la Sentencia es producto de un indebido juzgamiento, para lo que expone fundamentos referidos
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3)Denuncia violación de las reglas de prescripción, al disponer el rechazo de la excepción de
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4)Que en juicio se violó el principio d celeridad y plazo razonable de juzgamiento en
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5)Denunció lesión al derecho de defensa e impugnación por actas incompletas no sujetas al control
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6)Denuncia la errónea aplicación de la ley sustantiva por falta de fundamentación en cuanto a
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II.2. Del Auto de Vista impugnado
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1)El Tribunal de alzada en el cuarto considerando puntos 4 y 5 del Auto de
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2)En cuanto al tercer motivo de apelación fundado en la presunta actividad procesal defectuosa y
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III
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Antes de analizar el fondo de la impugnación, es preciso tener presente que el art
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En ese contexto, se tiene que el recurrente en este motivo invocó como precedente contradictorio
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El recurrente acusa que el Tribunal de apelación de forma incorrecta consideró que la falta
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Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
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Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
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Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
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‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
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Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
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Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
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Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
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Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
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Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
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Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
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En el caso de autos, el Tribunal de alzada argumentó que el recurrente con su
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Al respecto, conforme la línea jurisprudencial ampliamente descrita en el acápite presente de ésta resolución,
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Bajo los argumentos expuestos, se establece que el motivo de casación en análisis, carece de
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El recurrente en casación alega la vulneración de derechos y principios constitucionales, bajo el argumento
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Revisado el Auto de Vista hoy impugnado, se establece que el mismo no contempla ningún
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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