Auto Supremo AS/0841/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0841/2016-RRC

Fecha: 21-Oct-2016

El acta de denuncia y las cédulas de identificad de la víctima y del imputado,


El acta de denuncia y las cédulas de identificad de la víctima y del imputado, demuestran por una parte el inicio de la investigación penal y por otra, las edades de ambos sujetos procesales a momento de la comisión del hecho, resultando que ambos eran menores de edad. Del dictamen psicológico, realizado por Yuli Marcela Castillo, Psicóloga del IDIF, extracta que la declaración de la menor es medianamente creíble, lo que no excluye que haya existido algo cierto en función al relato brindado por la víctima en la etapa de instrucción, corroborada con la perito en la anamnesis y la atestación de la madre, ese algo cierto es el acto sexual, presentando como sujeto activo al imputado puesto que se logró advertir también en la pericia la existencia de un conflicto emocional de personalidad en la víctima, al encontrarse enamorada del imputado hasta la fecha del dictamen, inclusive lo cual permitió referir solamente lo que ella creía conveniente; sin embargo, conforme refiere la propia perito, ese aspecto o característica de mediana credibilidad no logra destruir de ninguna forma la validez de su declaración