Auto Supremo AS/1156/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1156/2016

Fecha: 07-Oct-2016

Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el arts. 42 parágrafo I núm. 1) y 17 parágrafo I) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y el artículo 220.III inc. c) del Código Procesal Civil, ANULA obrados hasta fs. 65 inclusive (Auto de Admisión) y se dispone que con carácter previo se dirija la acción contra los actuales representantes de la Federación Nacional de Relocalizados Mineros Metalurgistas y Desocupados de Bolivia, con la finalidad de que asuman defensa en el presente proceso contesten la demanda y reconvengan si así lo consideran necesario, debiendo además los actores subsanar los defectos de imprecisión en el poder de su representante a efectos de evitar posteriores reclamos sobre dicho aspecto.
Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido