Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1169/2016
Fecha: 07-Oct-2016
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Auto Supremo: 1169/2016
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Proceso: Cumplimiento de Obligación de Hacer más daños y perjuicios
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Distrito: Santa Cruz
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Enrique Rospilloso Paredes por memorial
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En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
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Por otra parte, argumentó que el Juez de la Instancia, realizó una apreciación y valoración
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Casación en la forma
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Arguye que conforme a los arts
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Indica que lo correcto hubiese sido que el Juez ante su incumplimiento funde su decisión
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A su vez señala que el A quo ingresó en error de hecho cuando dio
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Por lo expuesto, acusa con argumentos de forma que tales omisiones lesionan el debido proceso
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Por otra parte, referente al error de derecho, acusa que si bien es cierto que
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A su vez señala que de la prueba no valorada se evidencia que es de
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Por lo anterior, refiere plantear recurso de casación en la forma y en el fondo,
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Corrido en traslado con el recurso de casación, la parte adversa no formuló la
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III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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III.1. Respecto a la nulidad procesal
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III.2. Respecto a la Congruencia de las resoluciones
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IV.-FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Asimismo se ha desarrollado en el punto III
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En esa orientación, el art
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La jurisprudencia Constitucional en la SC 1755/2011 de 7 de noviembre de 2011 citando a
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De la jurisprudencia citada se colige, que los fallos de instancia deben ser congruentes, motivados
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Por lo que, el Tribunal Ad quem soslayó que los principios de pertinencia y congruencia
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Asimismo conforme a lo anterior, este Tribunal Supremo evidencia que gran parte de los agravios
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Conforme a los argumentos expuestos y al ser evidentes las infracciones acusadas corresponde a este
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POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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En aplicación del art
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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