Auto Supremo AS/1192/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1192/2016

Fecha: 24-Oct-2016

En ese sentido si el recurrente consideró que la prueba aportada respecto a

En ese sentido si el recurrente consideró que la prueba aportada respecto a los pagos no resulta idónea porque no cuenta con su firma o en su caso con un reconocimiento de firmas, debió observar esta situación en el momento oportuno, así como aportar prueba que desvirtúe la presentada por el actor, es decir que evidencia que el sí cumplió con las cuotas mensuales y en todo caso demostrar el cumpliendo de su obligación respecto al contrato suscrito, sin embargo, el recurrente no ha desvirtuado por ningún otro medio probatorio que los recibos observados no son ciertos, con la aclaración que los recibos de fs. 82 a 83 no corresponde a estos pues en las fojas referidas se encuentran las conclusiones del recurrente