III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
Por otra parte señala que el escrito presentado por Olga Felipa Ticona Choque no cumple con el requisito establecido en el art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, por lo que solicita se declare improcedente el recurso planteado.
III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
En mérito a la resolución a dictarse en el presente caso de autos, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
En mérito a la resolución a dictarse en el presente caso de autos, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- Partes: Olga Felipa Ticona Choque y otros c/ Juan Carlos Muñoz Serrano
- Proceso: Acción Negatoria, Mejor Derecho Propietario y Cancelación de Partida en Derecho Reales
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de segunda instancia la parte demandada interpuso recurso de casación
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2
- Por lo anterior, solicita emitir fallo deje sin efecto la resolución impugnada
- Del contenido del memorial de respuesta al recurso de casación, en lo pertinente y esencial
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Asimismo el Auto Supremo Nº 55/2015 de 29 de enero, señala: “…en principio
- En ambos casos, es de inexcusable cumplimiento el mandato del artículo 258-2) del Código de
- IV.-FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En base a lo expuesto concluimos que los recurrentes soslayaron la debida precisión que merece
- Por las razones expuestas, corresponde a éste Tribunal fallar en la forma prevista por el
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
