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    Auto Supremo AS/1200/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1200/2016

    Fecha: 24-Oct-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Nulidad de declaratoria de herederos
    • Distrito: Santa Cruz
    • II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Acusa infracción del art
    • Cita el art
    • Refiere que el auto de Vista en apariencia hubiera resuelto el recurso empero vulneró el
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Respecto a la improponibilidad de una pretensión, corresponde citar el desarrollo del Auto Supremo
    • Que, frente a la interposición de una demanda el Juez tiene el deber de efectuar
    • No obstante lo que se desprende de la literalidad de la norma transcrita, la doctrina
    • Para lograr desentrañar adecuadamente el poder que ejerce el Juez frente a la interposición de
    • En el primer caso, una vez deducida una determinada pretensión el Juez no queda automáticamente
    • Ahora bien, una vez comprobada por el Juez la concurrencia de los presupuestos procesales y
    • Respecto de las condiciones de fundabilidad, el autor argentino Peyrano señala que "Presentada la demanda
    • El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
    • El rechazo in limine o ab initiode la demanda por falta de fundabilidad o por
    • Ahora bien, corresponde precisar en qué situaciones resulta legítimo rechazar in limine una pretensión; es
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Consiguientemente se dirá que los presupuestos procesales de fondo, son elementos procesales indispensables para el
    • El actor en su demanda de fs
    • Conforme a la doctrina descrita en el punto III
    • La descripción contenida en la tercera parte del art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Relator: Mgdo: Dr. Rómulo Calle Mamani.

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