Auto Supremo AS/1204/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1204/2016

Fecha: 24-Oct-2016

IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

e) En cuanto a los plazos: ambas instituciones se diferencias porque los plazos de prescripción son generalmente prolongados mientras que los de la caducidad son muy reducidos.-
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
1.- La parte recurrente acusa que el Tribunal de Alzada no tomo en cuenta lo dispuesto en el art. 515 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil , puesto que la Mutual la Paz en ningún momento ha consentido la ejecutoria de la referida Sentencia, puesto que se habría interpuesto un incidente de nulidad de notificación el cual ha sido rechazado y posteriormente apelado y confirmado por el Auto de Vista, el cual es notificado a las partes en fecha 10 de septiembre de 2002, indica que según su apreciación la notificación con el Auto de ejecutoria de fecha 16 de abril de 2012 fecha que debe considerarse para efectos del cómputo de la caducidad