Auto Supremo AS/0386/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0386/2016

Fecha: 18-Nov-2016

Mediante Auto Supremo Nº 171-A de 28 de junio de 2016 la Sala Contenciosa y

Por otro lado, señaló que la instrumental de fs. 58 consistente en el formulario AVC-07 y las documentales de fs. 222 a 243 y ratificadas por la certificación de fs. 244, demuestran incuestionablemente que sus aportes al seguro a largo plazo en el Sistema de Reparto son suficientes para la otorgación de su renta jubilatoria. Que las simples fotocopias de fs. 265 a 266, que hacen referencia a un supuesto listado de afiliación de Empresas, al no ser originales o copias legalizadas, no tienen eficacia legal probatoria para justificar la suspensión de su renta de jubilación. Finaliza el memorial de contestación solicitando, se declare improcedente el recurso por no cumplir con los requisitos establecidos en el art. 274 del Código Procesal Civil.
I.4 Admisión
Mediante Auto Supremo Nº 171-A de 28 de junio de 2016 la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir el recurso de casación, interpuesto por el SENASIR, cursante de fs. 262 a 264