VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 386
Sucre, 18 de noviembre de 2016
Expediente: 215/2016-A
Demandante: Severo Sánchez Terrazas
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia: Reclamación de Pensiones
Distrito: Potosí
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 262 a 264, interpuesto por Grover Vargas Lezcano y Mirvia Arrueta Montesinos en representación de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 40/2016 de 3 de mayo, pronunciado por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el trámite de reclamación seguido por Severo Sánchez Terrazas contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 278 a 280; el Auto a fs. 282, que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 171-A de 28 de junio de 2016 que admitió el recurso de fs. 289; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
La Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto emitió la Resolución Nº 00003737 de 19 de agosto de 2015 de fs. 105 a 108, mediante la cual resuelve suspender definitivamente la Renta Básica Jubilatoria otorgada a favor del asegurado Severo Sánchez Terrazas; recalcular el Pago Global Complementario; otorgar Pago Global Básico en favor del asegurado y del Pago Global otorgado y recalculado, deberá descontarse lo indebidamente cobrado
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 386
Sucre, 18 de noviembre de 2016
Expediente: 215/2016-A
Demandante: Severo Sánchez Terrazas
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Materia: Reclamación de Pensiones
Distrito: Potosí
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 262 a 264, interpuesto por Grover Vargas Lezcano y Mirvia Arrueta Montesinos en representación de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 40/2016 de 3 de mayo, pronunciado por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el trámite de reclamación seguido por Severo Sánchez Terrazas contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 278 a 280; el Auto a fs. 282, que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 171-A de 28 de junio de 2016 que admitió el recurso de fs. 289; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
La Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto emitió la Resolución Nº 00003737 de 19 de agosto de 2015 de fs. 105 a 108, mediante la cual resuelve suspender definitivamente la Renta Básica Jubilatoria otorgada a favor del asegurado Severo Sánchez Terrazas; recalcular el Pago Global Complementario; otorgar Pago Global Básico en favor del asegurado y del Pago Global otorgado y recalculado, deberá descontarse lo indebidamente cobrado
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- A consecuencia del Recurso de Reclamación interpuesto por Severo Sánchez Terrazas (fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Severo Sánchez Terrazas (fs
- El referido Auto de Vista, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Indican que, el Tribunal de apelación para fundar su resolución hace mención al art
- Manifiestan que, el Auto de Vista recurrido ha violado los arts
- Acusa violación del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido y
- Mediante memorial cursante de fs
- Mediante Auto Supremo Nº 171-A de 28 de junio de 2016 la Sala Contenciosa y
- Que así planteado el recurso, se ingresa a su consideración y análisis de forma conjunta
- Del marco Constitucional transcrito, se concluye que los derechos a la seguridad social constituyen un
- Por otra parte, la Renta de Vejez se encuentra inserta como derecho a la seguridad
- De lo citado precedentemente se advierte que el derecho a la renta de vejez, como
- En cuanto a la verdad material, el art
- Sobre el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al Sistema de Reparto, el DS
- En el marco normativo y jurisprudencial referido, revisados los antecedentes que informan al proceso, se
- Este análisis, nos lleva al razonamiento y a la certeza de que estos aspectos no
- Correspondiendo también señalar lo previsto por el art
- Bajo tales antecedentes, se evidencia en obrados que el Tribunal ad quem, fundamentó y basó
- Por otra parte, la entidad recurrente, sólo baso su decisión en los Informes Técnicos SENASIR
- Finalmente, se deja claro que los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa laboral,
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
