Auto Supremo AS/0924/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0924/2016

Fecha: 21-Nov-2016

Los excepcionistas Juan Félix Illanes Gonzales y Pedro Manzano Quispe, enfatizan que el supuesto delito


Los excepcionistas Juan Félix Illanes Gonzales y Pedro Manzano Quispe, enfatizan que el supuesto delito hubiere sido cometido en abril de 1998 y por contener una pena privativa de libertad, cuyo máximo legal es menor de seis y mayor de dos, de acuerdo al art. 29 inc. 2) del CPP, prescribe en cinco años, habiendo transcurrido más de dieciocho años desde el momento de la consumación de los hechos y durante este tiempo, no existe interrupción o suspensión del término de la prescripción, en tratándose de un delito instantáneo y el transcurso de más de seis años, solicitan la extinción de la acción penal por prescripción