Auto Supremo AS/1249/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1249/2016

Fecha: 01-Nov-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación de fs. 742 a 747, interpuesto por NELCO S.A. a través de su representante contra el Auto de Vista de fecha 13 de noviembre 2015 de fs. 735 a 739, pronunciado por la Sala Civil Segunda de Tribunal de Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de Resolución de contrato seguido por NELCO S.A. contra Catuska Lily Fernández Arredondo, la concesión de fs. 755, los antecedentes del proceso, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, el Juez de Partido Civil y Comercial Quinto de la ciudad de Santa Cruz, pronunció Sentencia de fecha de fecha 24 de febrero de 2015, cursante de fs. 713 a 716 vlta., por la que declaro: “IMPROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 63 a 66 vlta. interpuesta por Jorge Chaparro José en representación de NELCO S.A. se declara PROBADA en tu totalidad la demanda reconvencional interpuesta por Catuska Lily Fernández Arredondo de fs. 196 a 200 vlta., y en consecuencia, se dispone que el demandante realice la devolución del local comercial G-2, proceda a la devolución de los bienes muebles que se encontraban en la góndola y el pago de daños y perjuicios a ser cuantificados en ejecución de sentencia.”