Auto Supremo AS/1338/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1338/2016

Fecha: 25-Nov-2016

En relación a la usucapión decenal u extraordinaria y los requisitos para su procedencia

En mérito a las características que hacen a uno y otro recurso, la resolución de cada uno también adopta una forma específica y diferenciada, así, cuando se plantea recurso de casación en el fondo, lo que se pretende es que el Tribunal case el Auto de Vista impugnado y resuelva el fondo del conflicto; en cambio, cuando se plantea el recurso de nulidad o casación en la forma, lo que se pretende es la nulidad de obrados, siendo comunes para ambos recursos las formas de resolución por improcedente o infundado. Por ello al margen de exponer los motivos en que se funda el recurso de casación en el fondo, es deber del recurrente concretar su pretensión recursiva en forma congruente con el recurso que deduce.”
En relación a la usucapión decenal u extraordinaria y los requisitos para su procedencia