Auto Supremo AS/0433/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Analizado el presente caso de autos, se deduce que el Comité Nacional de Despacho de

Dicha Sentencia Constitucional concluyó: “…En coherencia con este entendimiento la SC 1365/2005-R de 31 de octubre, señaló: "Finalmente, cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas. En sentido contrario, cuando la resolución aun siendo extensa no traduce las razones o motivos por los cuales se toma una decisión, dichas normas se tendrán por vulneradas”
Analizado el presente caso de autos, se deduce que el Comité Nacional de Despacho de Carga, apeló ante la instancia jurisdiccional la liquidación de la Nota de Aviso No. CE-09/11 rechazando la pretensión de cobro y ofreciendo descargos para la reliquidación