Analizados los extremos del Recurso y los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, se
Analizados los extremos del Recurso y los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, se ha podido establecer que la determinación asumida por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y contenciosa Administrativa segunda, del Tribunal Departamental de Cochabamba, no incurre en transgresión de la Norma, ni vulnera el debido proceso, por lo que corresponde declarar infundados los reclamos del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, que en su memorial, no argumenta cuales fueron los agravios sufridos con la determinación asumida en el Auto de Vista 004/2016. Lo contrario sería desconocer el derecho del trabajador y en consecuencia la Constitución Política del Estado, que tiene la obligación de proteger a los bolivianos, asegurando los medios de subsistencia necesarios, siendo en algunos casos el único patrimonio que les permite vivir dignamente
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs
- Interpone recurso de apelación de fs
- Notificado con el precitado Auto de Vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR,
- Denuncia evidencias existentes en espacios de tiempo
- Manifiesta que por otro lado está la compensación de cotizaciones que tiene su propia normativa
- En ese sentido aduce que el Auto de Vista Nº 004/20016 de 07 de marzo,
- Aduce que el art
- Que, el Auto de Vista motivo del recurso, no puede basar su resolución en el
- Que, la documentación aportada por el asegurado en curso del trámite administrativo: Aviso de Filiación
- Sin embargo, aclara que no se certificaron los periodos 03/75 – 01/76 – 08/76 –
- No certificó tampoco los periodos de 09/75 a 12/75 debido a que evidenciaron que el
- Establece que por lo descrito previamente que en las planillas de los referidos períodos no
- Se refiere al art
- Asimismo, hace referencia a la cláusula primera de la Res
- Manifiesta que el Auto de Vista infringe la “Ratio Decidendi” de la SC 1369/2001 –
- Establece las normas legales transgredidas y mal aplicadas
- Planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al
- En concordancia con esta normativa, debemos apelar al art
- b)Se encuentren registrados en la Gestora
- El recurso de casación interpuesto, pretende inducir al error a este Tribunal señalando que sic
- Al respecto cabe hacer notar al SENASIR, que entre sus atribuciones, dispuestas mediante DS Nº
- El SENASIR aduce además que el Auto de Vista 004/2016, dispone se proceda al cálculo
- En tal sentido, un juez no podría establecer los periodos de aportes, para efectuar el
- Analizados los extremos del Recurso y los fundamentos esgrimidos en el Auto de Vista, se
- Por lo señalado, corresponde resolver el recurso en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
