Auto Supremo AS/0464/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2016

Fecha: 05-Dic-2016

En este contexto, en el caso objeto de análisis, se visualiza también que la parte

En este contexto, en el caso objeto de análisis, se visualiza también que la parte recurrente no ha desvirtuado con prueba fehaciente el salario pactado, la duración de la relación laboral y el sueldo devengado, sin percibir que la obligación de desvirtuar los términos de la demanda era de su incumbencia y no así de la actora, razonamiento que permite concluir en sentido que no es evidente lo señalado por el recurrente toda vez que no se desvirtuó lo afirmado por la parte demandante, debiendo haber presentado mayores elementos de juicio que de manera indubitable confirmen su aseveración, conforme también señalo el Tribunal de Alzada