Auto Supremo AS/0466/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0466/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Se adjuntan los siguientes actuados procesales, para la consideración análisis y resolución de la interpretación

Preguntas:
¿Cuál es la naturaleza jurídica de la acción de cancelación?
¿En caso de interponerse la acción de cancelación como medio de defensa de manera extemporánea debe ser tramitada como una demanda independiente?
¿Cómo se acredita el interés legítimo para interponer la acción de cancelación?
¿Cuál es la condición para declarar cancelado el registro de una marca por falta de uso?
¿Cuáles son los supuestos para determinar que una marca se encuentra en uso?
¿Qué se entiende por uso real y efectivo?
¿Cómo debe entenderse el elemento cuantitativo en la comercialización real de un producto?
¿La carga de la prueba en el trámite de cancelación de la marca por no uso corresponde al titular del registro y no al solicitante?
¿El período de prueba para demostrar el uso de la marca, de tres años consecutivos precedentes a la interposición de la acción de cancelación, se refiere a la necesidad de demostrar el uso continuo e ininterrumpido de la marca durante el período completo de los tres años precedentes?
III.2. Lugar y dirección del Magistrado que recibirá la Interpretación Prejudicial
La Interpretación Prejudicial será recibida en Secretaría de Sala Contencioso y Contencioso Administrativo y Social Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ubicado en la ciudad de Sucre, en calle Luis Paz Arce Nº 352; Teléfono (591) 4 64 53200-Int. 193-196, Fax (591) 4 691 2694, E-mail: [email protected]
III.3. Copia de las Principales piezas procesales
Se adjuntan los siguientes actuados procesales, para la consideración análisis y resolución de la interpretación prejudicial:
III.3.1 En sede administrativa
Resolución Administrativa Nº 277/2014 de 14 de julio