Auto Supremo AS/0953/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0953/2016-RRC

Fecha: 05-Dic-2016

En cuanto al segundo motivo de apelación restringida, el Tribunal de alzada argumentó que: si


En cuanto al segundo motivo de apelación restringida, el Tribunal de alzada argumentó que: si bien la recurrente acusa defecto de sentencia previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, el fundamento del mismo se halla vinculado al defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del referido artículo de la norma adjetiva penal, pues se observa que, no se dio valor a cada medio de prueba; por lo que, a decir del Tribunal de alzada existe un fundamento altamente confuso, pues el inc. 5) del art. 370 de la Ley 1970, conllevaría tres tópicos que son la falta de fundamentación, motivación insuficiente y fundamentación contradictoria: bajo estos argumentos el Tribunal de apelación, argumenta que no es evidente la denuncia realizada en apelación, pues en el considerando II de la Sentencia se encontraría el Análisis y Valoración de la Prueba, y se había establecido que la imputada dispuso de un bien inmueble que no era de su propiedad, quedando demostrado la existencia de dolo y mala fe, siendo inconsistente el fundamento del recurso