Auto Supremo AS/0036/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0036/2016

Fecha: 19-Feb-2016

4)Principio de convalidación, que aún en el supuesto de concurrir en un determinado caso los

4)Principio de convalidación, que aún en el supuesto de concurrir en un determinado caso los otros presupuestos de la nulidad, ésta no podrá ser declarada si es que el interesado consintió expresa o tácitamente el acto defectuoso, la primera cuando la parte que se cree perjudicada se presenta al proceso ratificando el acto viciado, y la segunda cuando en conocimiento del acto defectuoso, no lo impugna por los medios idóneos (incidentes, recursos, etc.), dentro del plazo legal (Antezana Palacios Alfredo, “Nulidades Procesales”)