VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 36
Sucre, 19 de febrero de 2016
Expediente: 318/2015
Demandante: Félix Tapia Hinojosa
Demandado : EMPRESA JALDIN DESPACHANTES DE ADUANA
Samuel Jaldin Fiorilo
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Jorge von Borries Méndez
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 257, interpuesto por Samuel Jaldin Fiorilo en nombre y representación de la Empresa “JALDIN” AGENTES DESPACHANTES DE ADUANAS y el Recurso de Apelación en el Fondo de fs. 263 a 271, interpuesto por Ibón Martha Morales de Ortega en representación de Justina Pérez de Tapia, en calidad de heredera de su difunto esposo Félix Tapia Hinojosa, ambos recursos contra el Auto de Vista Nº 222/2014 de 8 de octubre de 2014, cursante de fs. 250 a 253 pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Beneficios Sociales que sigue Félix Tapia Hinojosa, el Auto de fs.273, que concedió los recursos; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 36
Sucre, 19 de febrero de 2016
Expediente: 318/2015
Demandante: Félix Tapia Hinojosa
Demandado : EMPRESA JALDIN DESPACHANTES DE ADUANA
Samuel Jaldin Fiorilo
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator : Dr. Jorge von Borries Méndez
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 257, interpuesto por Samuel Jaldin Fiorilo en nombre y representación de la Empresa “JALDIN” AGENTES DESPACHANTES DE ADUANAS y el Recurso de Apelación en el Fondo de fs. 263 a 271, interpuesto por Ibón Martha Morales de Ortega en representación de Justina Pérez de Tapia, en calidad de heredera de su difunto esposo Félix Tapia Hinojosa, ambos recursos contra el Auto de Vista Nº 222/2014 de 8 de octubre de 2014, cursante de fs. 250 a 253 pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de Beneficios Sociales que sigue Félix Tapia Hinojosa, el Auto de fs.273, que concedió los recursos; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
- VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs
- I. 1. 1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso por pago de beneficios sociales, la Juez de Partido 1º del
- I. 1. 2. Auto de Vista
- I. 2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1
- 2
- Señala que de lo expuesto se evidencian las infracciones señaladas en los antecedentes procesales del
- II
- Con los aspectos expuestos y al haberse demostrado en su integridad la flagrante violación a
- Justina Pérez de Tapia en su calidad de heredera de su difunto esposo Félix Tapia
- Teniendo conocimiento legal del Auto de Vista Nº 222/2014 dictado por la Sala Social y
- I.2.4.PETITORIO
- Pide que el Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Social y Administrativa corrija y
- II.Fundamentos jurídicos del fallo
- Es preciso señalar que actuando en consecuencia con el art
- III.Constituye confirmación tácita, no haber reclamado la nulidad en la primera oportunidad hábil
- Y lo señalado por el art
- “La nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos”
- Las nulidades procesales se rigen por principios, que la jurisprudencia constitucional, ha precisado a través
- 4)Principio de convalidación, que aún en el supuesto de concurrir en un determinado caso los
- En suma, se puede determinar que el proceso Social seguido por Félix Tapia
- III
- Analizados los extremos expuestos por la parte recurrente, se ha podido determinar que el Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
