Que, adjuntando el acta de reconocimiento de su hija Paola Quiñajo Trujillo, nacida el 24
Que, adjuntando el acta de reconocimiento de su hija Paola Quiñajo Trujillo, nacida el 24 de julio de 1999, realizado por su padre Marcelo Quiñajo Gutiérrez; la señora Semiona Trujillo Marca Viuda de Canaza a través del memorial recibido en la Dirección de Pensiones en fecha 23 de enero de 2002, hace conocer que desde el año 2000 vive en concubinato con el padre de hija menor, y con el fin de regularizar los cobros de la renta que percibe como derechohabiente de su esposo fallecido Julio Canaza Canqui, reconociendo que no le correspondía el cobro como viuda, solicitó la baja de ese pago, debiendo respetarse el pago de sus hijos menores de edad (fs. 6). En respuesta, la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección de Pensiones, mediante Auto de 21 de febrero de 2002, dispuso la suspensión definitiva de la renta única de viudedad de la ahora recurrente y el recalculo de la renta única de orfandad como renta única de orfandad absoluta en favor de los menores Mónica, Franklin y Edwin Canaza Trujillo (fs. 12). Recalculo que se hizo efectiva mediante Resolución Nº 06621 de 18 de agosto de 2003 (fs. 47), donde se redistribuye el porcentaje de la renta única de viudedad como renta única de orfandad absoluta, equivalente al 30% para cada uno de los 3 hijos, hasta que cumplan 19 años de edad, pagadero a partir de marzo de 2002
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- Firmado
