CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones interpuesto por Mario Ismael Arce
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 175 a 177, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado por Olga Duran Uribe y Sandra Argote Céspedes (Administradora Regional y Abogada del SENASIR - Santa Cruz, respectivamente), en representación de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 56 de 6 de febrero de 2015, cursante de fs. 164 a 165, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de reclamación de Compensación de Cotizaciones seguido por Mario Ismael Arce Girón, contra el SENASIR, la respuesta al recurso de casación de fs. 180 a 181, el auto que concedió el recurso a fs. 182, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones interpuesto por Mario Ismael Arce Girón, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, emitió la Resolución Nº 1050 de 9 de febrero de 2012 cursante a fs. 59, resolviendo otorgar a favor de Mario Ismael Arce Girón, una densidad de 172 aportes, por un monto de Compensación de Cotizaciones de Bs.550,81.- con base en el Formulario de Cálculo de Compensaciones de Cotizaciones Nº 7934
CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones interpuesto por Mario Ismael Arce Girón, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, emitió la Resolución Nº 1050 de 9 de febrero de 2012 cursante a fs. 59, resolviendo otorgar a favor de Mario Ismael Arce Girón, una densidad de 172 aportes, por un monto de Compensación de Cotizaciones de Bs.550,81.- con base en el Formulario de Cálculo de Compensaciones de Cotizaciones Nº 7934
- Auto Supremo Nº 45/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.242/2015
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, dentro del trámite de compensación de cotizaciones interpuesto por Mario Ismael Arce
- Contra la citada resolución, el asegurado interpuso recurso de reclamación de fs
- Notificado el asegurado, dedujo apelación contra la precitada resolución (fs
- Contra el auto de vista señalado, la entidad demandada (SENASIR), interpuso recurso de casación en
- Concluyó solicitando que se conceda el recurso, para que el Tribunal Supremo de Justicia, deliberando
- CONSIDERANDO II: Que, con los argumentos precedentes, corresponde resolver el recurso casacional, con base en
- Cursantes a fs
- De fs
- Ahora bien, conforme todo lo previamente analizado, este Tribunal concluye que el ente gestor, al
- La normativa señalada, se encuentra en concordancia con el principio de verdad material reconocido en
- Con base en el análisis y normativa señalada, se establece que el auto de vista,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
