Auto Supremo AS/0051/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0051/2016

Fecha: 04-Feb-2016

De modo que, bajo ésta conclusión, ipso jure no corresponde el reconocimiento de los beneficios

De modo que, bajo ésta conclusión, ipso jure no corresponde el reconocimiento de los beneficios sociales de desahucio e indemnización, que erróneamente fueron otorgados por la juez de primera instancia, sin considerar que los mismos se encuentran regulados específicamente para los trabajadores que se encuentran sujetos al ámbito de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, régimen que como quedó anotado no es el aplicable en la entidad demandada, sino el Estatuto del Funcionario Público