De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 13/2014 de 14 de octubre (fs. 245 a 259), el Juez Primero de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a los imputados Abel Braulio Castro Monterrey y Desiderio Ticona Osco, absueltos de pena y culpa del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 345 del CP. Asimismo, se los declaró autores y culpables de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, con costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 13/2014 de 14 de octubre (fs. 245 a 259), el Juez Primero de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a los imputados Abel Braulio Castro Monterrey y Desiderio Ticona Osco, absueltos de pena y culpa del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado por el art. 345 del CP. Asimismo, se los declaró autores y culpables de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, con costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia
- Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la parte querellante (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Respecto de la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 314 de 25
- 2) Existió defecto absoluto por violación del art
- Con relación a la temática planteada invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 92/2013 de
- 3) Defecto absoluto por infracción del art
- Respecto a lo señalado invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 089/2013 de 28 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Respecto de la temática planteada también invocó como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional 593/2004 de
- Respecto del segundo motivo, señaló la existencia de defecto absoluto por violación del art
- Al respecto, se advierte la invocación del Auto Supremo 92/2013 de 28 de marzo del
- Con relación al tercer motivo, referido a la existencia de defecto absoluto por infracción del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
