Auto Supremo AS/0086/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Respecto de los precedentes contradictorios Autos Supremos 089/2013 de 28 de marzo y 131/2007 de 31 de marzo; sin embargo, de los mismos omitió explicar en términos precisos cuál la contradicción con los argumentos del Auto de Vista impugnado, señalando simplemente la parte que creyó pertinente del precedente; por tanto, la imposibilidad de establecer el sentido jurídico contradictorio que se hubiera aplicado en la referida resolución.

Asimismo, respecto de la supuesta vulneración a sus derechos constitucionales, si bien refirió la garantías del debido proceso en su vertiente del principio de inocencia; sin embargo, no identificó plenamente el defecto absoluto que no es susceptible de convalidación sin especificar los hechos concretos que le causan agravio y el argumento que el Auto de Vista no habría analizado correctamente; y, el resultado dañoso emergente del defecto, teniendo en cuenta que los recurrentes solo mencionan que el Auto de Vista tenía la obligación de controlar el cumplimiento del debido proceso sin explicar jurídica y doctrinalmente, cómo la emisión del Auto de Vista le generó tal infracción. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que no se cumplió con los presupuestos de flexibilización.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación, interpuesto por Abel Braulio Castro Monterrey y Desiderio Ticona Osco, cursante de fs. 403 a 405