Auto Supremo AS/0086/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0086/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


c) Por diligencia de 10 de noviembre de 2015 (fs. 393) y de 26 del mismo mes y año (fs. 397), los recurrentes fueron notificados con el referido Auto de Vista y su complementario, respectivamente; y el 27 del mismo mes y año interpusieron el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Refiere la existencia de defectos de la Sentencia previstos en el art. 370 inc. 6) del CPP, porque en su recurso de apelación restringida argumentó sobre la presunción que realizó el Juez a quo al señalar: “ pero los acusados, Abel Braulio Castro Monterrey y Desiderio Ticona Osco, en fecha 17 de mayo de 2013, aprovechando que el querellante no se encontraba en el inmueble y amparándose que Félix Choquehuanca Huañapaco, el inmueble, le vendió a Abel Castro Monterrey y éste le vendió a Desiderio Ticona Osco, al no tener la llave de ingreso al inmueble violentando deschapan la misma, posteriormente Abel Braulio Castro Monterrey le entrega el inmueble al otro acusado…” (sic); por lo que, señala que el Juez de Sentencia al emitir ese pronunciamiento no tomó en cuenta que se prohíbe la presunción de culpabilidad; asimismo, refirió que el Tribunal de alzada señaló que se valoró correctamente la prueba sin tomar en cuenta que en la Sentencia no consta la frase “…al no tener la llave de ingreso al inmueble, violentamente deschapan la misma” (sic); por lo cual, se hubiere vulnerado el art. 6 parágrafo III del CPP y el principio de legalidad