Auto Supremo AS/0099/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

Al respecto, de la lectura del Auto de Vista recurrido, se verifica que el Tribunal


Al respecto, de la lectura del Auto de Vista recurrido, se verifica que el Tribunal de alzada establece, con relación a la denuncia de Julio López Corrales, lo siguiente: “…No pudiendo pretender el apelante que este Tribunal de Alzada valore las pruebas mencionadas, más aún cuando el apelante tuvo la oportunidad procesal para pronunciarse respecto a las pruebas señaladas y observarlas en su oportunidad, eso tomando en cuenta que de la revisión de los antecedentes como son, el acta de juicio oral y sentencia apelada se tiene que no se planteó incidente alguno durante la audiencia de juicio, por lo que se reitera que esta instancia no es la llamada por ley para realizar el reclamo que antecede … Sin embargo corresponde señalar que, previa revisión de la sentencia apelada se tiene que la prueba consignada como AF-4 (AP-4) y AF-5 (AP-5) fue ingresada a audiencia de juicio por ende valorada por el Tribunal de primera instancia, siendo los argumentos de la Sentencia emitida por el mismo, adecuada dentro las reglas de la sana crítica y debidamente fundamentada.” (sic)