En el marco legal señalado, el Tribunal Supremo se ve impedido de declarar admisible el
En el marco legal señalado, el Tribunal Supremo se ve impedido de declarar admisible el recurso, ante el vencimiento de plazo para presentar el recurso de casación, por lo que corresponde resolver en aplicación de los arts. 271.1 y 272.2 del Código Procedimiento Civil de 1975, en concordancia y expreso cumplimiento de los arts. 277.I y 220.I.4 del actual Código Procesal Civil, aplicables por la facultad remisiva del art. 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social
- Auto Supremo Nº 39/2016-I
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.80/2016
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL CASO
- Interpuesto el recurso de reclamación de fs
- El fallo mencionado, motivó el recurso de casación, interpuesto por el Servicio Nacional de Sistema
- CONSIDERANDO II
- Que, al estar ahora en plena vigencia la Ley Nº 439 de19 de noviembre de
- En ese entendido, en el caso de autos, estando vigente a tiempo de interponer el
- Por consiguiente, el recurso de casación fue interpuesto extemporáneamente, cuando el plazo de ocho días
- En el marco legal señalado, el Tribunal Supremo se ve impedido de declarar admisible el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas por disposición de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 (Ley SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
