Auto Supremo AS/0165/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2016

Fecha: 03-Mar-2016

CONSIDERANDO II


CONSIDERANDO II:
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN:
I.1.- Que, Julia Puma Villanueva luego de transcribir fragmentos del Auto de Vista, denuncia como recurso de casación en el fondo, que quedaría subsistente el registro en DD.RR. el derecho propietario de Blanca Beatriz Dávalos de Vaca Guzmán, por consiguiente la Sentencia sería incongruente e inejecutable, pues este no se ha referido luego de la ejecutoria a la expedición al mandamiento de desapoderamiento, y consideran lo recurrentes que no puede co-existir una declaración de no propiedad de la demandada y que no haya desapoderamiento en forma expresa, situación que hizo notar y que merecía ser respondido en complementación. Otro punto, dicen que tampoco fue respondido en la complementación, fue la declaración expresa de daños y perjuicios, al haber sido demandado de esa forma y reforzado en apelación aplicándose erróneamente el art. 1455 del C.C. é incurriendo en las causales del art. 253 num. 1) y 2) del C.P.C. Por otra parte, si bien el Auto de Vista enmienda un primer error de la Sentencia declarando probada la demanda, no se refiere a la petición de daños y perjuicios demandados y reclamados también vía recurso de apelación