Auto Supremo AS/0165/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2016

Fecha: 03-Mar-2016

En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada, no cumplió con las previsiones contenidas


En conclusión, se advierte que el Tribunal de Alzada, no cumplió con las previsiones contenidas en los artículos 190, 192, 236 del Código de Procedimiento Civil (en vigencia al momento de emitirse la resolución), normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio conforme instituye el artículo 90 del adjetivo civil, cuya inobservancia acarrea la nulidad de oficio