Auto Supremo AS/0174/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0174/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

En consecuencia, conforme los argumentos expresados supra, estableciéndose la vulneración de derechos y garantías constitucionales,


Al respecto, debe destacarse respecto a los argumentos descritos supra y que se encuentran en el considerando II del Auto de Vista recurrido, que el Tribunal de alzada de manera contradictoria observó el incumplimiento de los arts. 407 y 408 del CPP, relativos a la forma de interposición de un recurso de apelación restringida, pero en la parte dispositiva declaró la admisibilidad del recurso, cuando en todo caso correspondía en el supuesto de que la fundamentación de los agravios denunciados en alzada carecían de solidez y/o en su caso no contenía el respaldo jurídico de su pretensión, la aplicación de lo previsto en el art. 399 del CPP, a través de la concesión del plazo de tres días para que subsane su recurso conforme los parámetros establecidos en los arts. 407 y 408 del CPP y al no hacerlo, sino basar la decisión de improcedencia del recurso de apelación restringida, en aspectos formales cuando el recuso fue admitido, demuestra objetivamente la falta de fundamentación en la que incurrió el Tribunal de alzada.

En consecuencia, conforme los argumentos expresados supra, estableciéndose la vulneración de derechos y garantías constitucionales, corresponde declarar fundado el recurso de casación para que el Tribunal de alzada emita nueva Resolución cumpliendo con los parámetros establecidos en la presente Resolución