Auto Supremo AS/0186/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2016-RRC

Fecha: 08-Mar-2016

2) En cuanto a la valoración de la prueba, argumenta el Tribunal de instancia que


2) En cuanto a la valoración de la prueba, argumenta el Tribunal de instancia que no es permisible una nueva ponderación de la prueba, porque esa instancia no constituye un acto final de alegatos, que la valoración de la prueba se inicia desde el momento de la producción e incorporación de la misma a juicio, para que de la apreciación conjunta se asuma una decisión final; que su función es verificar si se efectuó un razonamiento intelectivo apegado a la lógica, experiencia y sana critica; determinando que las conclusiones sean coherentes con las premisas de la Sentencia